Información a las personas colegiadas sobre las cuotas Colegiales
Hasta ahora las cuotas eran semestrales, pero a partir del próximo año 2009 (mes de enero de 2009) se podrá elegir también la modalidad trimestral. Por ello, cada persona colegiada tendrán que informar a la secretaría del Colegio su opción de pago: semestral o trimestral.
Algunas personas estáis preguntando sobre cómo se actualizará o regularizará la subida de la cuota colegial del año 2008 y queremos informaros, colectivamente, sobre todas estas cuestiones que se han planteado:
1. La opción de pago de cuotas trimestral empezará en enero de 2009.
2. Hay que informar a la secretaría del Colegio, antes de Diciembre de 2008, la opción personal de pago: semestral o trimestral.
3. En octubre de 2008 se compensará la diferencia de incremento de la cuota con un pago único, teniendo en cuenta la modalidad de la situación de la persona colegiada: en situación de empleo o desempleo.
- Personas en situación de desempleo: 9,16 €
- Personas en situación de empleo: 39,16 €
4. Para acreditar la situación de desempleo se presentará en el Colegio, a finales de cada mes de Diciembre, un certificado del Servicio Público de Empleo.
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