¿BUSCAS ALGO AQUÍ? ¡¡¡¡¡ENCUENTRALO!!!!!

Visita la nueva página web del COTSA

HORARIO DE ATENCION

Horario habitual:
- Mañanas: De lunes a viernes de 10.00 a 13.00hs.

- Tardes: Juevesde 17.00 a 20.00hs.

Horario de verano:
En los meses de julio y agosto el horario del Colegio será de lunes a viernes de 10.00 a 13.00 hs (tardes cerrado)


C/ De los Moros Nº 51 (33206 Gijón)

Teléfonos: 985 22 22 19 / 608 771 308
Correo electrónico: asturias@cgtrabajosocial.es
Página web: www.cgtrabajosocial.es/asturias

Contactos COTSA

JUNTA DE GOBIERNO COTSA

Presidenta: Belén María Murillo Fernández
presidencia.cotsa@gmail.com

Vicepresidenta: Mª Neri Iglesias Fernández
vicepresidencia.cotsa@gmail.com

Secretaria: Estela Vicuña Serrano

Tesorera: Beatriz González Carbajal

Vocales:
Pilar García Suárez
Ramón González Villazón

_____________

PROFESIONALES COTSA

Gerencia: Beatriz Martínez
gerencia.cotsa@gmail.com
608 77 13 08

Aux. Gerecia
formacion.cotsa@gmail.com
608 771 308

CORREO GENERAL DEL COTSA
asturias@cgtrabajosocial.es

Archivo del blog

Mostrando entradas con la etiqueta Convenio TIPAI. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Convenio TIPAI. Mostrar todas las entradas

23 de junio de 2009

CONVOCATORIA LISTADO DE SUPLENTES TIPAI

PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA CONFECCIÓN DEL
LISTADO DE SUPLENTES DEL TIPAI

El día 17 de junio la Junta de Gobierno del COTSA y la Comisión Rectora aprobó el 2º Reglamento Interno del TIPAI que gestiona dicho Turno. http://cotsyasa.blogspot.com

El martes 23 de junio se inicia la recogida de documentación para la confección de listas del TIPAI.

Información y documentos que se aportan:
● Calendario del procedimiento.
● Proceso de selección de personas.
● Publicación de listados.
● Solicitud de inclusión en el TIPAI.
● Información de los requisitos.
● Compromisos que se adquieren una vez seleccionados.

Calendario del procedimiento
● Del 23 al 30 de junio (ambos incluidos) recepción de solicitudes.
● Entre el 1 al 6 de julio comprobación de solicitudes y documentación.
● 7 de julio se realizará el sorteo con carácter público.
● 8 de julio publicación del listado de suplentes.

Personas seleccionadas:
En primer lugar se comprobará el cumplimiento de los requisitos de las solicitudes recibidas junto con la documentación acreditativa.
Todas las personas que cumplan los requisitos, serán seleccionadas para la bolsa de suplentes.
El sorteo y el orden de dicha bolsa se realizará el día 7 de julio.

Publicación del listado:
Los listados definitivos se publicarán en:
● El Blog COTSA http://cotsyasa.blogspot.com
● En el tablón de anuncios del Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias (COTSA).
● A través del teléfono: 985 222 219. De lunes a viernes de 10.15 a 14 horas.

SOLICITUD PARA TIPAI

Solicitud de inclusión en el procedimiento selectivo para la confección del listado de suplentes del Turno de Intervención para Adopcion Internacional (TIPAI) del Colegio Oficial de Trabajo Social de Asturias.

Dª/D……………………………………………………………………………………………….
con DNI Nº:…………………………….., Nº de persona colegiada…………………………con domicilio en ………………………………
Dirección Profesional……………………………………………………………………..
Teléfono de contacto ………………………………………………………………….
Dirección electrónica……………………………………………

EXPONGO:

Que cumplo todos los requisitos exigidos para formar parte del proceso selectivo para el listado de suplentes del TIPAI (Turno de Intervención para Adopción Internacional) del Colegio de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.


SOLICITO:

Entrar a formar parte en el procedimiento selectivo para la confección del listado de suplentes del TIPAI.


En__________________________, a ______ de junio de 2009



Fdo:___________________



PRESIDENTA DEL COLEGIO OFICIAL DE DIPLOMADAS/OS DE TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES DE ASTURIAS.
Las personas colegiadas Diplomadas en Trabajo Social y Asistentes Sociales que quieran inscribirse en la lista de suplentes del TIPAI deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Estar dadas de alta en el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSA), y estar al corriente en el pago de las correspondientes obligaciones económicas, así como otras obligaciones estatutarias inherentes a la condición de colegiada/o.

2. Reunir los requisitos legales para el libre ejercicio libre de la profesión, a partir del momento en que le sea notificada su pertenencia a la bolsa del TIPAI. (En el momento en que se les adjudique algún encargo deberá aportar copia de IAE).

2.1. Deberán aportar el documento de solicitud de compatibilidad o la resolución de la misma. En defecto de los documentos anteriores aportarán un compromiso firmado de solicitar la compatibilidad en un plazo máximo de 7 días desde su admisión en la bolsa (a la semana deberá adjuntar la copia de solicitud, si no quedará excluida/o de la bolsa).

Todos los documentos señalados se presentarán en el momento de la solicitud de admisión a la bolsa del TIPAI.

3. Acreditar documentalmente una experiencia mínima de dos años en intervención con familias e infancia o una formación específica en intervención con familias e infancia con una experiencia de voluntariado social (dos años o 1.000 hs.) en dichas áreas.

3.1. Documentos a aportar:
a) Vida laboral (expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social) y certificado de funciones.
b) Certificado de formación de al menos 250 horas específicas en familia y menores.
c) Certificado firmado y acreditado por el centro de trabajo de las horas y funciones desempeñadas en voluntariado.

4. No encontrarse cumpliendo una sanción colegial ni ninguna otra que conlleve aparejada la inhabilitación para ejercer cargo público.

5. Someterse a esta normativa reguladora del TIPAI y a las decisiones de su Comisión Rectora.

6. No estar en la lista de espera como solicitante de adopción internacional y/o nacional, ni tener vínculos familiares o afectivos con las personas solicitantes.

7. No ser miembro de la Comisión Rectora del TIPAI, de la Junta de Gobierno del Colegio o mantener relación laboral con el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSA).

8. No mantener relación laboral con Entidades Colaboradoras habilitadas por la Administración para funciones de mediación en Adopción Internacional.


COMPROMISOS QUE ASUMEN LAS PERSONAS SELECCIONADAS:

1. Tener cubierta la responsabilidad civil derivada de la actuación profesional.

2. Realizar los cursos de formación que la Comisión Rectora considere oportuno para los integrantes del TIPAI.

3. No elaborar informes para adopciones internacionales cuando la solicitud no sea realizada a través del TIPAI.

4. Aceptar todos los encargos que se reciban de la Comisión Rectora o de la Coordinador/a del TIPAI, al menos que incurra en alguno de los supuestos establecidos de incompatibilidad.

5. Elaborar informes de seguimiento por el periodo que el país de origen de el/la menor requiera cuando le sea solicitado por la Consejería de Bienestar Social.

6. La persona colegiada integrante del TIPAI dispondrá de un plazo de 40 días naturales para realizar y entregar el informe solicitado, contados a partir de que el encargo le sea notificado y acusado recibo. El incumplimiento de este plazo conllevará la pérdida de su derecho a la percepción de los honorarios, incluso en el supuesto de que haya realizado actuaciones profesionales encaminadas a la obtención del informe.

7. Coordinarse, de manera interdisciplinar, con el/la psicólogo/a designado al mismo expediente.

8. Aceptar la presente normativa reguladora del TIPAI, y sus anexos, así como las decisiones de la Comisión Rectora y de la Junta de Gobierno del Colegio.

9. Cualquier otro compromiso que sea requerido como esencial por las partes firmantes del presente convenio.

15 de diciembre de 2008

Novedades sobre la Valoración de Adopciones

LAS ASOCIACIONES CONSIDERAN PERVERSO QUE QUIEN PAGUE SE SALTE LAS DEMORAS. Las familias adoptantes aplauden la supresión de la tasa de 1.000. Los afectados reclaman que los tiempos de espera se ajusten a la ley.

15/12/2008 PABLO ZARIQUIEGUI
Esta noticia pertenece a la edición en papel de la Voz de Asturias
Ver archivo (pdf)

Era una petición expresa de las mismas familias. Las asociaciones de adoptantes aplaudieron ayer la iniciativa de la Consejería de Bienestar Social de suprimir el cobro de las gestiones con los colegios profesionales. Tanto Asturadop como Andeni se mostraron ayer satisfechas por el anuncio de Noemí Martín, consejera de Bienestar Social y Vivienda, de suprimir el cobro de mil euros a aquellas familias que opten por equipos externos para tramitar la valoración de idoneidad.

Martín, en la entrevista que publicaba ayer este periódico, anunciaba cambios importantes en la gestión de los expedientes de adopción. La consejería reconocía como inaceptables los 20 meses de espera para la concesión de los certificados de idoneidad. La consejera matizaba que el Instituto de Infancia, de quien dependen las adopciones, revisará el funcionamiento de los equipos para agilizar los trámites.

Fernando Menéndez y Joaquín García, presidentes respectivamente de Andeni y Asturadop, saludaron ayer la propuesta de la consejera. Ambas asociaciones indicaron que ya habían indicado a Bienestar Social la perversión del sistema actual. El anterior equipo de Infancia había cerrado acuerdos con los colegios profesionales de psicólogos y trabajadores sociales para tratar de aligerar las esperas. Infancia abría así una doble vía. Las familias podían acogerse al sistema público y esperar 20 meses o al privado y, previo pago de mil euros, saltarse la lista de espera. El compromiso del nuevo equipo es corregir este funcionamiento por considerarlo perverso. Las dos asociaciones de padres adoptantes reclamaron también a Bienestar que paralelamente acometa las reformas necesarias y con carácter de urgencia para cumplir el tiempo previsto en el decreto regional de seis meses de máximo para lograr la valoración de idoneidad.

5 de septiembre de 2008

Próxima Reunión del TIPAI

LUGAR: Sede del COTSYASA (C/ Cimadevilla 15, escalera B, 1º D. Oviedo)
FECHA: Jueves 11 de septiembre de 2008 HORA: 17.00 horas
ASUNTO: La coordinadora del TIPAI y las personas en activo que lo conforman, analizarán el funcionamiento durante estos 3 meses para realizar un seguimiento continuado y propuestas de actuación.

14 de junio de 2008

Convocatoria de Reunión, Convenio TIPAI

Se ha convocado a podas aquellas personas que conforman el Equipo de Trabajo Social del Convenio del TIPAI a una reunión el próximo martes 17 de Junio a las 18:30h en la sala 1 del Hotel de Asociaciones Santullano (Avda. Fernández Ladreda, frente al Centro Comercial Los Prados).

Reflexión en relación al Convenio TIPAI

Estimadas Compañeras del TIPAI:

Tras las últimas noticias recibidas, en cuanto a dudas de alguna de las compañeras del TIPAI, considero que sería interesante hacer una reflexión sobre el proceso en el que estamos inmersas.

En primer lugar, la normativa del TIPAI (Convenio firmado con la Consejería de Bienestar Social y el Reglamento del COTSYASA para el TIPAI) rige el proceso del Turno. Cuando una Trabajadora Social - miembro del Turno - firma la observación de la normativa se obliga como profesional a cumplir lo que establece la misma. Tras la publicación del Reglamento, la entrega personal a cada miembro del Turno de un ejemplar del Reglamento, y las reuniones realizadas con la Comisión Rectora y con la Asesora Jurídica, el COTSYASA considera que ha facilitado y acompañado todo el proceso de información necesaria para que cada solicitante pudiera decidir personalmente su continuidad en el Turno y confirmar su participación en el mismo aceptando sus condiciones. Por tanto, conociendo las limitaciones o posibilidades individuales en el ejercicio de la libre profesión del Trabajo Social (darse de alta como autónoma), cada profesional deberá tomar su propia decisión personal. Y recordamos que el procedimiento a seguir se estable en el Reglamento. El COTSYASA es el órgano directo de representación de las/os Trabajadoras/es Sociales en el TIPAI, por tanto, todos las actuaciones de las personas miembros del Turno deben comunicarse al COTSYASA por escrito.

En segundo lugar, a lo largo de este tiempo nos hemos hecho conscientes de la dificultad que tenemos las/os Trabajadoras/es Sociales con la concepción del Trabajo Social como ejercicio libre de la profesión. Históricamente, las/os Trabajadoras/es Sociales hemos trabajado por cuenta ajena (Administraciones Públicas, Empresas, Movimiento Asociativo), pero no se ha promovido el autoempleo. En los últimos años ha habido un avance en el desarrollo del peritaje social adscrito a un Juzgado, a un Instituto de Medicina Legal, a Unidades de Valoración Integral de Género, como un nuevo yacimiento de empleo. Por tanto, una línea de formación para el próximo curso podrá ser “El Trabajo Social como ejercicio libre de la profesión”.

Finalmente, consideramos que el autoempleo, el Trabajo Social de Empresa y del Movimiento asociativo se deben apoyar como espacios de presencia y de creación de nuevos empleos para las/os Trabajadoras/es Sociales.

Un saludo solidario;
Nuria Saavedra Castro
Presidenta del COTSYASA

20 de mayo de 2008

Lugar Formación TIPAI

EL LUGAR DE CELEBRACIÓN DE LA FORMACIÓN DEL TIPAI LOS DIAS 19 Y 20 DE MAYO, SERÁ EL HOSPITAL MATERNO INFANTIL DESDE LAS 9 A LAS 14 HORAS.

16 de mayo de 2008

Revisión del Listado del TIPAI

A dos de las trabajadoras sociales que habian sido seleccionadas en las listas del TIPAI no les sera posible acudir a la formación en los días previstos, por lo que se entiende que no cumplen los requisitos. El 15 de Mayo, a las 16:30h, en la sede del Colegio se ha procedido a un nuevo sorteo para la lista de suplentes entre aquellas personas preseleccionadas.

Más información a través del Tablón de Anuncios del Colegio. No nos es posible colgar más información en el blog debido a las exigencias de la Ley de Protección de Datos.

12 de mayo de 2008

Reunión integrantes del TIPAI

Se convoca a todas las personas colegiadas integrantes del TIPAI a una reunión informativa, de carácter obligatorio, el jueves 15 de mayo de 2008 a las 16.30 hs., en la sede del Colegio. La formación previa tendrá lugar los días 19 y 20 de mayo, de 9 a 14 horas en Oviedo.

9 de mayo de 2008

Cambio de fechas - formación integrantes TIPAI

Por razones ajenas al Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social de Asturias, las fechas previstas para la formación de las personas integrantes del TIPAI se cambian para los días 19 y 20 de mayo.

Información sobre TIPAI

Felicidades a las personas que formáis parte de listado del TIPAI. A las que no habéis sido seleccionadas en el sorteo ¡no os desaniméis!, habrá otras oportunidades (Reglamento TIPAI).
La Presidenta de la Comisión Rectora, Mª Luisa Burgoa, será la persona de contacto para todas vuestras consultas, su correo es secretaria.cotsyasa@gmail.
Asimismo, iremos estudiando y analizando otros nuevos yacimientos de empleo posibles, y entre TODAS y TODOS posibilitaremos otro nuevo momento del Trabajo Social en Asturias.
Personalmente, os pido paciencia y colaboración con las personas que conformamos la nueva Junta de Gobierno. QUEREMOS hacer, lo mejor posible, la función con la que nos hemos comprometido, voluntaria y gratuitamente; pero necesitamos vuestro apoyo, afectivo y efectivo, crítico y a la vez constructivo. No está siendo una tarea fácil, espero que lo entendáis.
Un saludo afectuoso,
Nuria Saavedra
Presidenta COTSYASA

8 de mayo de 2008

Resolución del Sorteo del TIPAI

Reunida la Comisión Rectora del TIPAI, la Presidenta de la Junta de Gobierno del COTSYASA de Asturias se ha procedido al sorteo público previsto para la elaboración del equipo técnico.

La información se hará pública a través del Tablón del Colegio Profesional y llamando al teléfono del Colegio 985 22 22 19. No nos es posible colgar más información en el blog debido a las exigencias de la Ley de Protección de Datos.

Se firmó en Oviedo, a 8 de mayo de 2008, a las dieciocho horas.

7 de mayo de 2008

Admitid@s para el Sorteo del TIPAI

Reunida la Comisión Rectora del TIPAI, formada por las siguientes personas: Graciela Vázquez García colegiada 1234, Lidia Antuña Cueto colegiada 881 y Mª Luisa Burgoa Mota colegiada 1135, en la sede social del Colegio Oficial de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, el día 6 de mayo de 2008 a las cuatro horas y treinta minutos.

Las solicitudes recibidas en esta sede son un total de 26. Se procede a la comprobación documental de los currículums entregados y a continuación a la asignación del número de sorteo coincidente con el de registro de entrada de solicitud en el Colegio.

Posteriormente se comprueba el cumplimiento de requisitos establecido en el Reglamento Interno del TIPAI del Colegio de Diplomad@s de TT.SS y AA.SS de Asturias. De las 26 solicitudes recibidas se comprueba que 19 de ellas cumplen los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

Más información a través del Tablón de Anuncios del Colegio. No nos es posible colgar más información en el blog debido a las exigencias de la Ley de Protección de Datos.

Esta misma semana se procederá a realizar el sorteo de los equipos (serán 10 los seleccionad@s y 3 de reserva, en total 13 de entre los 19 admitid@s a sorteo). Las fechas de la formación del TIPAI (para esas 13 personas seleccionadas) serán los días 15 y 16 de mayo.

6 de mayo de 2008

29 de abril de 2008

Comisión Rectora del TIPAI

La Comisión Rectora del Turno de Intervención Profesional para la Adopción Internacional (TIPAI) está compuesta por Mª Luisa Burgoa Mota, Presidenta de la Comisión y Secretaria de la Junta de Gobierno del COTSYASA; Graciela Vázquez, Vocal de la Comisión y Tesorera de la Junta de Gobierno; y Lidia Antuña, vocal colegiada.
Para mayor información sobre el TIPAI, podéis poneros en contacto con Mª Luisa Burgoa en la siguente dirección de correo electrónico:

28 de abril de 2008

Reglamento del TIPAI - COTSYASA

I. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Ámbito funcional.


El presente Reglamento establece las normas reguladoras y de funcionamiento del TURNO DE INTERVENCIÓN PROFESIONAL EN ADOPCIONES INTERNACIONALES (TIPAI) del COTSYASA, de acuerdo a la Cláusula Segunda del Convenio de Colaboración suscrito entre la Consejería de Bienestar Social del Principado de Asturias y el Colegio Oficial de Diplomadas y Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSYASA), con el fin de atender aquellas demandas de actuación profesional que le sean solicitadas por la Consejería de Bienestar Social del Principado de Asturias.

Artículo 2. Ámbito personal.

1. Las intervenciones profesionales que se produzcan por medio del TIPAI, las llevarán a cabo las Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales colegiadas/os que se inscriban voluntariamente en el citado Turno, una vez superen los criterios de selección que se establecen en el presente Reglamento, y cumplan las normas previstas en el mismo y en las disposiciones generales vigentes.
2. Todos los informes emitidos por las personas colegiadas correspondientes a las actuaciones profesionales derivadas del TIPAI habrán de llevar el visado colegial, expedido de acuerdo con las normas reglamentarias vigentes en cada momento para esta materia, que tendrá como única finalidad la autenticación de la pertenencia al TIPAI de la/el profesional colegiada/o autor/a del informe y que, en ningún caso, supondrá una valoración sobre su contenido.

Artículo 3. Ámbito temporal.
El TIPAI, instituido por el presente Reglamento, entrará en vigor al día siguiente de su aprobación, por la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSYASA), que será el 23 de abril de 2008. Este Reglamento tendrá una duración indefinida, paralela al Convenio suscrito con la Consejería de Bienestar Social y con el Colegio Oficial de Psicólogos de Asturias, sin perjuicio de la total y periódica renovación del orden interno de las listas de las personas colegiadas inscritas.

Artículo 4. Comisión Rectora del TIPAI.

1. Se constituye la Comisión Rectora del TIPAI, de acuerdo con la composición y con las funciones que se especifican en los artículos 16 y 17 de este Reglamento, que actuará por delegación de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSYASA) y que velará por el buen funcionamiento del servicio y por la correcta aplicación de la presente normativa.
2. El Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias garantizará el soporte administrativo adecuado a las tareas del TIPAI, así como a las de su Comisión Rectora. Igualmente, se compromete a extender el visado colegial sobre los informes emitidos por las/os profesionales del TIPAI. Asimismo, el COTSYASA podrá ceder los espacios de su sede, si fuera posible, para la realización de las entrevistas dentro de los horarios de apertura al público.

II. DE LAS/OS PROFESIONALES INTEGRADOS EN EL TIPAI

Artículo 5. Requisitos para inscribirse en el TIPAI.

Las personas colegiadas Diplomadas en Trabajo Social y Asistentes Sociales que quieran inscribirse en la lista del TIPAI deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Estar dadas de alta en el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSYASA), y estar al corriente en el pago de las correspondientes obligaciones económicas, así como otras obligaciones estatutarias inherentes a la condición de colegiada/o.
2. Reunir los requisitos legales para el libre ejercicio de la profesión, a partir del momento en que le sea notificada su pertenencia al TIPAI.
3. Acreditar documentalmente una experiencia mínima de dos años como Trabajador/a Social o una formación específica en intervención con familias y/o infancia (con un mínimo de 150 horas) con una experiencia de voluntariado social (dos años o 1.000 hs.) en dichas áreas.
4. No encontrarse cumpliendo una sanción colegial ni ninguna otra que conlleve aparejada la inhabilitación para ejercer cargo público.
5. Someterse a esta normativa reguladora del TIPAI y a las decisiones de su Comisión Rectora.
6. No estar en la lista de espera como solicitante de adopción internacional y/o nacional.
7. No ser miembro de la Comisión Rectora del TIPAI, de la Junta de Gobierno del Colegio o mantener relación laboral con el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.
8. La inclusión de las personas colegiadas en el TIPAI, en el caso de trabajar en el Administración Pública, estará condicionada a obtener la compatibilidad. En ningún caso se podrán inscribir en el TIPAI, aquellas/os colegiadas/os que presten sus servicios en la Consejería de Bienestar Social.
9. No mantener relación laboral con Entidades Colaboradoras habilitadas por la Administración para funciones de mediación en Adopción Internacional.

Asimismo, se deberán comprometer a:

1. Realizar los cursos de formación, previa y continua, que la Comisión Rectora considere oportuno para los integrantes del TIPAI.
2. No elaborar informes para adopciones internacionales cuando la solicitud no sea realizada a través del TIPAI.
3. Aceptar todos los encargos que se reciban de la Comisión Rectora o de el/la Coordinador/a del TIPAI, al menos que incurra en alguno de los supuestos establecidos de incompatibilidad.
4. Elaborar informes de seguimiento por el periodo que el país de origen de el/la menor requiera, cuando le sea solicitado por la Consejería de Bienestar Social.
5. La persona colegiada integrante del TIPAI dispondrá de un plazo de 40 días naturales para realizar y entregar el informe solicitado, contados a partir de que el encargo le sea notificado y acusado recibo. El incumplimiento de este plazo conllevará la pérdida de su derecho a la percepción de los honorarios, incluso en el supuesto de que haya realizado actuaciones profesionales encaminadas a la obtención del informe.
6. Coordinarse, de manera interdisciplinar, con el/la psicólogo/a designado al mismo expediente.
7. Aceptar la presente normativa reguladora del TIPAI, y sus anexos, así como las decisiones de la Comisión Rectora y de la Junta de Gobierno del Colegio.
8. Tener cubierta la responsabilidad civil derivada de la actuación profesional.
9. Cualquier otro compromiso que sea requerido como esencial por las partes firmantes del presente convenio.

Artículo 6. Procedimiento de inscripción en el TIPAI.

La inscripción de las personas colegiadas en el TIPAI se realizará de acuerdo con la convocatoria que realice la Junta de Gobierno del Colegio, en la forma y plazos que estime oportunos, para garantizar la prestación del servicio conveniado con la Consejería de Bienestar Social, y siguiendo el posterior procedimiento:

1. La Junta de Gobierno designará una Comisión Rectora, recogida en los artículos 16 y 17 del presente Reglamento.
2. Las personas colegiadas, interesadas en formar parte del TIPAI, deberán formular por escrito su solicitud, cumplimentando y firmando el impreso específico, dirigido a la Presidenta del COTSYASA, y entregarlo en la sede del mismo.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se solicite en la convocatoria, y de aquella que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 5 de este Reglamento.
4. Las solicitudes de inscripción serán aceptadas o denegadas por acuerdo de la Comisión Rectora que comprobará la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 5, aprobando la lista provisional de admitidas/os y no admitidas/os, así como los motivos de exclusión de las mismas.
5. Los acuerdos de la Comisión Rectora sobre el listado provisional se podrá recurrir ante la Junta de Gobierno del Colegio, en el plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha de recepción de la notificación, para su subsanación o reclamación. Finalizado este plazo, en la mayor brevedad posible, se publicará la lista definitiva.
6. Contra la resolución de la Comisión Rectora sobre la lista definitiva, las personas colegiadas podrán interponer, en el plazo máximo de 10 naturales, una reclamación ante la Junta de Gobierno del Colegio que analizará los datos presentados y resolverá en la primera reunión ordinaria que se celebre y, en todo caso, dentro del plazo de un mes, notificándoselo a la persona interesada.
7. La resolución del recurso por la Comisión Rectora, o en su caso el transcurso del plazo establecido para su resolución, agotará la vía previa corporativa y será susceptible de impugnación ante la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de la interposición por parte de las personas interesadas de los recursos corporativos que consideren oportunos.
8. Los listados, tanto el provisional como el definitivo, se publicarán en el tablón de anuncios, en el blog del Colegio y/o en cualquier otro medio genérico que el Colegio estime oportuno, a efectos de notificación de las personas interesadas.
9. En el caso de realizarse una convocatoria con un número de plazas limitado se contemplará en la propia convocatoria el procedimiento para la selección de las personas candidatas. Del mismo modo, se contemplará el orden y los requisitos de incorporación de nuevas personas colegiadas al TIPAI.

Artículo 7. Pérdida de la condición de integrante del TIPAI.

Las personas colegiadas integrantes del TIPAI causarán baja cuando se dé algunas de las circunstancias siguientes:
1. Incumplimiento de alguno de los requisitos, condiciones o compromisos establecidos en el Convenio y/o en el presente Reglamento, dando lugar a la baja de forma automática en la fecha en que se produzca el incumplimiento.
2. Cuando se renuncia sin causa justificada a realizar cualquier informe solicitado por la Comisión Rectora o la/el Coordinador/a del TIPAI.
3. Se podrá causar baja voluntaria, en cualquier momento, previa comunicación escrita a la Comisión Rectora. En cualquier caso, deberá cumplir los compromisos adquiridos que estén pendientes. Esta baja podrá ser temporal o definitiva. La baja temporal no podrá ser superior a cuatro meses.
4. Causará baja definitiva del TIPAI al superar los cuatro meses de baja temporal y no reincorporarse en la fecha prevista. Con carácter excepcional, la Comisión Rectora podrá aprobar y/o determinar bajas temporales superiores a cuatro meses cuando la persona colegiada integrante del TIPAI lo solicite acreditando situaciones de enfermedad o imposibilidad manifiesta que, a juicio de la Comisión Rectora, impida la prestación del servicio.
5. La Comisión Rectora podrá proponer a la Junta de Gobierno la baja de cualquier miembro del TIPAI, que no cumpla en algún momento los requisitos establecidos en el Art. 5 del presente Reglamento, cuando hayan sido devueltos dos informes por la Consejería de Bienestar Social, por ser deficitarios en contenidos, estructura o mala realización; o cuando la persona o personas solicitantes de adopciones presenten quejas fundamentadas de actuaciones profesionales que puedan presentar anomalías graves, tanto en lo referente a la práctica profesional como en la realización del informe.
6. La Junta de Gobierno puede, en los casos citados anteriormente, acordar la baja inmediata de el/la profesional realizando previamente la apertura de expediente, cuya instrucción se llevará a cabo por la Comisión Rectora. Será preciso dar audiencia por escrito a la persona interesada para que presente las alegaciones que estime oportunas en el plazo de 10 días naturales desde que se le notifique. La resolución que dicte la Junta de Gobierno agotará la vía administrativa, pudiendo ser impugnada ente la jurisdicción contencioso-administrativa.
7. Desvelar secretos profesionales sobre los documentos o datos que se conozcan a través de la prestación del servicio.
8. La incoación de procedimiento penal o expediente disciplinario.
9. La pérdida de condición de colegiada/o.

III. DE LA CONFECCIÓN DE LAS LISTAS Y DE SU FUNCIONAMIENTO

Artículo 8. Confección de las listas.

El Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias elaborará una lista, donde constarán los datos personales relativos a la intervención profesional, en la que se incorporarán las personas colegiadas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente Reglamento.

Artículo 9. Fijación del orden dentro del listado.

1. En el caso de que el número de personas solicitantes admitidas supere al número de plazas previstas para el TIPAI, la Comisión Rectora realizará un sorteo público en la sede del COTSYASA para confeccionar el listado final de miembros integrantes. Dicho listado también incluirá una lista de tres suplentes que realizarán, igualmente, la misma formación previa que las personas titulares del Turno. En el caso de baja de un/a titular, la persona suplente ocupará dicho lugar hasta que éste/a se reincorpore, ocupando así el último lugar de la lista de suplentes.
2. La lista inicial de solicitantes al TIPAI que cumplan los requisitos se ordenará alfabéticamente por sus apellidos. Posteriormente, a través del sorteo público se extraerá una letra a partir de la cual se establecerá el orden definitivo de la lista. El listado final se iniciará en función de la letra inicial del primer apellido, coincidente con la letra extraída en dicho sorteo, y el número de plazas previstas para el TIPAI.
3. Una vez confeccionada la relación ordenada del listado del TIPAI se aprobará por la Junta de Gobierno del Colegio y se publicará en el tablón de anuncios, en el blog del Colegio y/o en cualquier otro medio genérico que el COTSYASA estime oportuno, a efectos de notificación de las personas integrantes del TIPAI.
Artículo 10. Actualización del listado.

1. El listado se actualizará, cuando las circunstancias lo recomienden, mediante la incorporación al mismo de las personas colegiadas que lo hayan solicitado y que hayan sido admitidas, por concurrir en ellas los requisitos previstos en el artículo 5 del presente Reglamento y de acuerdo a la convocatoria realizada por la Junta de Gobierno.
2. El proceso de incorporación de nuevos miembros al TIPAI corresponderá a la Comisión Rectora del TIPAI.
3. La atribución del número de orden en las listas de las personas colegiadas de nueva incorporación al TIPAI se llevará a cabo por orden alfabético.

Artículo 11. Funcionamiento del listado.

1. La asignación de una solicitud a una persona colegiada adscrita al listado del TIPAI se hará de acuerdo con el orden de adjudicación establecido y publicado.
2. La adjudicación de una solicitud hará correr el turno dentro del listado, de manera que ninguna persona inscrita pueda ejecutar dos encargos antes de que el resto de las personas colegiadas integrantes del TIPAI haya actuado una vez.
3. En el supuesto de que la persona inscrita en el listado, a quien corresponda el Turno, no pudiera hacerse cargo por causa de una baja temporal o porque estuviera ocupada con el número máximo de informes simultáneos fijados por la Comisión Rectora, se asignará a la/el profesional suplente del Turno con posibilidades de encargarse del mismo.
4. En el caso de tratarse de una segunda solicitud de adopción para un misma persona o personas solicitantes, la Comisión Rectora podrá realizar el encargo a la/el mismo profesional que emitió el primer informe, siempre que la Consejería de Bienestar Social así lo solicite y sea aceptado por dicha/o profesional.
5. La Comisión Rectora periódicamente será informada de las nominaciones realizadas por el TIPAI.
IV. ADJUDICACIÓN DE LOS ENCARGOS

Artículo 12. Atribución de los encargos

La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias garantizará el soporte técnico-administrativo adecuado a las tareas del TIPAI y a las de su Comisión Rectora.

En caso de establecer equipos estables con los/as Psicólogos, los encargos se podrán gestionar desde uno de los Colegios (COTSYASA y COPPA) de manera rotatoria y coordinada. El COPPA iniciará dicha tarea administrativa con el inicio del funcionamiento del TIPAI y al año siguiente el COTSYASA continuará dicha labor, y así consecutivamente.

La Comisión Rectora designará a el/la Técnico/a Coordinador/a del TIPAI la responsabilidad de asignar, al profesional adscrito/a en el TIPAI, los expedientes de Adopción Internacional que encargue la Consejería de Bienestar Social al Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.

La coordinación del TIPAI conlleva las siguientes funciones:

1. Ser la persona de referencia para la Consejería de Bienestar Social y para el Colegio Profesional de Psicólogos de Asturias.
2. Asignar los encargos a las/os profesionales del Turno, respetando siempre los criterios establecidos en el presente Reglamento, así como el orden de adjudicación establecido.
3. Garantizar el soporte técnico a las/os profesionales inscritos en el TIPAI, coordinando el Turno, a las/os profesionales y facilitándoles las directrices sobre el funcionamiento del mismo.
4. Llevar un registro y control de los plazos de entrega de los informes de valoración.
5. Realizar los trámites para el visado colegial de los informes.
6. Elevar los informes a la Comisión Rectora y asesorarla en todo lo preciso.
7. Informar y asesorar a la Junta de Gobierno sobre las actuaciones del TIPAI.
8. Otras que se valoren de interés para el buen funcionamiento del servicio.

El/la Técnico/a responsable de la coordinación del TIPAI asistirá a las reuniones de la Comisión Rectora, con voz pero sin voto.

Artículo 13. Aceptación de los encargos.

1. Las personas colegiadas inscritas en el TIPAI estarán obligadas a aceptar todos los encargos que reciban de la Comisión Rectora o de el/la Coordinador/a, a no ser que incurran en algunos de los supuestos de incompatibilidad detallados en el artículo 15 o se dé alguna causa justificada de renuncia, de acuerdo con el artículo siguiente.
2. La aceptación conlleva la obligación, por parte de la persona colegiada, de asumir personalmente todas las actuaciones básicas y objetivos principales del encargo, que no podrá delegar. En ningún caso existirá relación laboral entre el Colegio y la persona colegiada inscrita en el TIPAI, quedando el Colegio exento de cualquier responsabilidad que se derive de su actuación.
3. Las personas colegiadas inscritas en el TIPAI respetarán y asumirán los plazos.
4. Es obligatoria la realización de, al menos, una visita al domicilio de la persona o personas solicitantes.
5. Una vez aceptado el encargo por la/el profesional del TIPAI, el/la solicitante o solicitantes abonará previamente, al COTSYASA, una provisión de fondos. Dicha cantidad será ingresada en la cuenta bancaria, de la Caja Rural, del Colegio Oficial de Diplomados/as en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias. En el caso de que la provisión de fondos no sea atendida y existan elementos que pongan de manifiesto que los honorarios profesionales derivados de esta intervención profesional no se van a poder percibir, la/el profesional podrá renunciar al encargo sin dejar de pertenecer al TIPAI. En el caso de que la/el profesional hubiera cobrado la provisión de fondos e incumpliera la entrega del informe, ésta/e se verá obligado a devolver la provisión de fondos, incrementada en un 50% como penalización.

Artículo 14. Renuncia a efectuar encargos.

1. La renuncia injustificada a un encargo por parte de las personas colegiadas inscritas en el TIPAI determinará la baja automática del mismo.
2. El acuerdo de baja de la persona colegiada en el Turno, adoptado por la Comisión Rectora, le será notificado con acuse de recibo. Podrá ser objeto de recurso ante la Junta de Gobierno del COTSYASA.
3. Se considerarán causas justificadas de renuncia, que se habrán de alegar siempre por escrito ante la Comisión Rectora, los supuestos de incompatibilidad, fuerza mayor y los otros que así sean considerados por la Comisión Rectora del TIPAI.
En el caso de que la renuncia se produzca por causa justificada la persona colegiada no perderá su condición de miembro integrante del TIPAI. Este hecho tendrá que ser comunicado por escrito a la Comisión Rectora, adjuntando las alegaciones y documentación pertinente, en un plazo no superior a 10 días naturales desde la notificación.

Artículo 15. Incompatibilidades.

1. Las causas de incompatibilidad afectarán a todas las personas colegiadas inscritas en el Turno. La concurrencia de cualquiera de ellas obligará a renunciar a la realización del encargo.
2. Serán motivos de incompatibilidad los siguientes:
a) Tener parentesco de consanguinidad o afinidad hasta el tercer grado con las personas a las que puedan afectar de manera directa las consecuencias o conclusiones de la intervención profesional.
b) Haber intervenido profesionalmente con anterioridad en el asunto objeto de adjudicación por el TIPAI, salvo que se trate del seguimiento de un asunto perteneciente al Turno.
c) Tener parentesco de consanguinidad o de afinidad hasta el segundo grado o mantener una relación estable de colaboración profesional con otras/os profesionales que hayan intervenido anteriormente en el asunto.
d) Tener interés directo, de cualquier tipo, en el asunto objeto de su actuación o una manifiesta vinculación, directa o indirecta, económica, laboral o de otro tipo, que pueda comprometer su independencia profesional.
e) Ser miembro de la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias, de la Comisión Rectora del TIPAI o mantener relación laboral con dicho Colegio.
f) Estar adscrita/o a la Consejería de Bienestar Social.
g) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con las personas a las que pueda afectar de manera directa las consecuencias o conclusiones de la intervención profesional.
h) Cualquier otro supuesto legal o reglamentario establecido que impida o dificulte la emisión de informes con la debida objetividad.
IV. DE LA COMISIÓN RECTORA DEL TIPAI

Artículo 16. Composición y funcionamiento.

1. La Comisión Rectora estará constituida por la/el Presidenta/e del Colegio o persona en quien delegue, que actuará como Presidenta/e de dicha Comisión, un miembro de la Junta de Gobierno, una persona colegiada.
2. La propia Comisión Rectora fijará la periodicidad de sus reuniones y tomará sus acuerdos por mayoría de las/os asistentes.
3. El quórum para la válida constitución de la Comisión Rectora será el de la mayoría absoluta de sus componentes.
4. El/la Técnico/a Coordinador/a del TIPAI actuará como administrador/a del Turno, informando a la Comisión Rectora del Turno cuando ésta lo solicite. Además asistirá a las reuniones de la Comisión Rectora, con voz pero sin voto.
Artículo 17. Funciones de la Comisión Rectora

Corresponderá la Comisión Rectora la supervisión del funcionamiento del TIPAI en general, y en particular las siguientes funciones:
  1. Resolver las solicitudes de incorporación de las personas colegiadas al TIPAI.
  2. Establecer el procedimiento para adjudicar los encargos de intervención profesional recibidos.
  3. Adjudicar los encargos del Turno.
  4. Acordar las bajas de los miembros del TIPAI.
  5. Resolver las solicitudes de renuncia de encargos por causa justificada por parte de los miembros del TIPAI.
  6. Proponer la instrucción de expedientes sancionadores a la Junta de Gobierno, de acuerdo con el artículo 18.
  7. Informar periódicamente a la Junta de Gobierno del funcionamiento del TIPAI.
  8. Supervisar los aspectos formales de las intervenciones e informes de las/os profesionales, así como el visado colegial.
  9. Definir propuestas de formación y promoción del TIPAI y organizar un fondo documental y bibliográfico en la sede colegial para consulta de las personas colegiadas y, fundamentalmente, de las/os integrantes del Turno.

IV. DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO

Artículo 18. Sanciones.

La Comisión Rectora podrá proponer a la Comisión Deontológica de la Junta de Gobierno del COTSYASA que inicie la instrucción del correspondiente expediente, cuando observe en la actuación profesional del algunas de las personas colegiadas inscritas en el TIPAI la posible existencia de infracción de alguno de los preceptos del Código Deontológico de el/la Trabajador/a Social, que pueda dar lugar a la iniciación de un procedimiento sancionador, conforme a lo establecido en la normas legales aplicables y en el Estatuto del Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.
IV. DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 19. Honorarios por las intervenciones profesionales
  1. El COTSYASA aprobará, anualmente, unos honorarios profesionales por las actuaciones profesionales derivadas del TIPAI, además de los gastos derivados por el desplazamiento al domicilio de la persona o personas solicitantes, así como los gastos derivados de la emisión del visado colegial. Dichas cantidades serán publicadas en el Tablón de Anuncios y en el blog del COTSYASA, y notificadas a las personas integrantes del TIPAI y a la Consejería de Bienestar Social. Asimismo, estarán incluidas en el Convenio de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social, el Colegio Oficial de Psicólogos de Asturias y el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.
  2. Las actuaciones profesionales solicitadas al TIPAI serán previamente abonadas por el/la solicitante o solicitantes del turno al COTSYASA. Con la entrega y finalización del proceso, el Colegio reintegrará a la/el profesional correspondiente el importe establecido por el encargo realizado. La presentación de factura o documento justificativo es obligación de la persona colegiada para recibir la cantidad correspondiente.
Artículo 20. Tasas del Colegio.

Las/os profesionales pertenecientes al TIPAI abonarán al Colegio la cantidad establecida. Este importe se dará a conocer anualmente, junto con las tarifas orientativas profesionales. Dichas tasas se revisarán de acuerdo con el IPC anual.
Artículo 21. Compensación por desplazamiento.

Se añadirá a la facturación de las/os profesionales del Trabajo Social el importe correspondiente, si procede, al coste del desplazamiento por la realización de visitas domiciliarias, de acuerdo con el kilometraje oficial establecido. La/el profesional está obligada/o a presentar un documento justificativo del gasto por desplazamiento por el que se abone dicho concepto. Se entiende que el importe de la facturación por kilometraje cubre la distancia entre el domicilio de la persona o personas solicitantes del TIPAI y el domicilio profesional de referencia que establecerá, en la solicitud de inscripción en el TIPAI, la persona colegiada integrante del Turno, a la que se le designa dicho expediente.

IV. CONFIDENCIALIDAD Y CUSTODIA DE EXPEDIENTES

Artículo 22. Confidencialidad.

Las/os colegiadas/os del TIPAI están sujetos al cumplimiento del Código Deontológico de la profesión y, en especial, al capítulo referido al secreto profesional.

Artículo 23. Custodia de expedientes.
El COTSYASA y las/os profesionales del TIPAI están obligadas/os, de acuerdo con la legislación vigente en materia de protección de datos, a garantizar la confidencialidad de los datos de carácter personal de las personas usuarias del servicio. Igualmente, dichas/os profesionales son las/os encargadas/os de custodiar los expedientes objeto de estudio durante los plazos previstos por la normativa vigente. El Colegio se hará cargo de los expedientes durante el período de tramitación del visado profesional y su, posterior, entrega a la Consejería de Bienestar Social.
V. PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA ELABORACIÓN DE LOS INFORMES
Artículo 24: Procedimiento de elaboración del Informe.
  1. La persona o personas solicitantes se dirigirán al COTSYASA o, en su caso, al Colegio Profesional que le corresponda según que le corresponda según el turno rotatorio que pueda establecerse por los mismos debido a la creación de turnos estables.
  2. El COTSYASA designará, siguiendo la tramitación marcada en el Reglamento, la/el profesional que se encargará de realizar el estudio solicitado.
  3. El COTSYASA notificará la designación a la persona colegiada, a la persona o personas solicitantes y al Colegio Oficial de Psicólogos del Principado de Asturias (COPPA).
  4. Las/os profesionales designadas/os por ambos colegios deberán coordinarse para el inicio de entrevistas e intercambio de informaciones.
  5. El número de entrevistas será al menos, de dos. Además habrá una entrevista en el domicilio y una última entrevista de devolución.
  6. La/el Trabajador/a Social emitirá un Informe de Trabajo Social escrito con una conclusión final concreta. Este informe llevará el visado colegial, con la finalidad de verificar su pertenencia al TIPAI.
  7. Posteriormente, y una vez consensuado por parte de el/la Trabajador/a Social y el/la Psicólogo/a, se realizará una propuesta común motivada que se materializará en un acta conjunta, firmada por ambos técnicos/as, en la que se pronunciarán sobre la idoneidad o no de la persona o personas usuarias valoradas. En el caso de que se valore la idoneidad positivamente se hará constar qué tipo de niños/as (edad, número de hermanos/as y características) a los efectos de la adopción internacional solicitada.


TARIFAS PARA EL AÑO 2008

CONCEPTO TARIFA (16% I) TASAS (16% I) TOTAL

  • INFORME 417 € 58 € 475 €
    Cambio de País 76 € 29 € 105 €
    Actualización de Informe 172 € 35 € 207 €
    Informe de Seguimiento 170 € 35 € 205 €

PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL TIPAI

Hoy día 23 de abril la Junta de Gobierno del Colegio aprueba el Reglamento Interno del TIPAI y la Comisión Rectora que gestiona dicho turno. Para más información sobre el TIPAI consultar en el blog http://cotsyasa.blogspot.com
Desde el jueves 24 de abril se inicia la recogida de documentación para la confección de listas del TIPAI.

Información y documentos que se aportan:
● Calendario del procedimiento
● Proceso de selección de personas
● Publicación de listados
● Solicitud de inclusión en el TIPAI
● Información de los requisitos
● Compromisos que se adquieren una vez seleccionados

Calendario para el procedimiento
● Del 24 de Abril al 2 de Mayo recepción de solicitudes.
● Entre el 5 al 8 de Mayo comprobación de solicitudes y documentación.
● 9 de Mayo se realizará el sorteo con carácter público.
● 12 de Mayo publicación del listado
● 15 y 16 de mayo formación de las personas seleccionadas para el TIPAI (9.00 a 14.00 hs).
Personas seleccionadas:
De todas las solicitudes recibidas junto con la documentación acreditativa, en un primer momento se comprobaran que todas cumplen los requisitos.
El siguiente paso será el sorteo, seleccionando un total de 10 personas, y a mayores otras 3 personas como suplentes, tal como se ha establecido en el Convenio firmado junto con el Colegio de Psicólogos de Asturias.
Publicación del listado:
Los listados definitivos se publicarán en:
● En el blog, http://cotsyasa.blogspot.com
● A través del correo electrónico
● En el tablón de anuncios del Colegio de Diplomadas/os en Trabajo Social y AS de Asturias
● A través del teléfono ( en el horario establecido de consulta)
· Lunes, martes, jueves y viernes de 9,30 a 14,00 horas.
· Miércoles: 9.30 hs. a 12.30 hs. y de 16,00 a 20,00 hs.
SOLICITUD PARA TIPAI

Solicitud de inclusión en el procedimiento selectivo para la cofección del listado del turno de intervención para adopcion internacional (tipai) del colegio oficial de diplomadas y diplomados en trabajo social y asistentes sociales de asturias.

Da/D……………………………………………………………………………………………….
con DNI Nº:…………………………….., Nº de persona colegiada…………………………con domicilio en ………………………………
Dirección Profesional……………………………………………………………………..
Teléfono de contacto ………………………………………………………………….
Dirección electrónica ……………………………………………

EXPONGO:

Que cumplo todos los requisitos exigidos para formar parte del proceso selectivo para el TIPAI (Turno de Intervención para Adopción Internacional) del Colegio de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.


SOLICITO:

Entrar a formar parte en el procedimiento selectivo para la confección del listado del TIPAI.


En__________________________, a ______ de Abril de 2008.



Fdo:___________________





PRESIDENTA DEL COLEGIO OFICIAL DE DIPLOMADAS/OS DE TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES DE ASTURIAS.


REQUISITOS DE INSCRIPCIÓN EN EL TIPAI
Las personas colegiadas Diplomadas en Trabajo Social y Asistentes Sociales que quieran inscribirse en la lista del TIPAI deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Estar dadas de alta como colegiada/o en el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias, y estar al corriente en el pago de las cuotas colegiales, así como otras obligaciones estatutarias inherentes a la condición de colegiada/o.

2. Reunir los requisitos legales para el libre ejercicio de la profesión.

3. Presentar la solicitud de inclusión en el TIPAI.

4. Acreditar documentalmente una experiencia mínima de dos años como Trabajador/a Social (vida laboral o certificados de empresa) o una formación específica en intervención con familias y/o infancia (con un mínimo de 150 horas) con una experiencia de voluntariado social (dos años o 700 hs.) en dichas áreas.

5. No encontrarse cumpliendo una sanción colegial ni ninguna otra que conlleve aparejada la inhabilitación para ejercer cargo público.

6. Someterse a esta normativa reguladora del TIPAI y a las decisiones de su Comisión Rectora.

7. No estar en la lista de espera como solicitante de adopción internacional y/o nacional.

8. No ser miembro de la Comisión Rectora del TIPAI, de la Junta de Gobierno del Colegio o mantener relación laboral con el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.

9. La inclusión de las personas colegiadas en el TIPAI, en el caso de trabajar en el Administración Pública, estará condicionada a obtener la compatibilidad. En ningún caso se podrán inscribir en el TIPAI, aquellas/os colegiadas/os que presten sus servicios en la Consejería de Bienestar Social.

10. No mantener relación laboral con Entidades Colaboradoras habilitadas por la Administración para funciones de mediación en Adopción Internacional.

COMPROMISOS QUE ASUMEN LAS PERSONAS SELECCIONADAS:
1. Tener cubierta la responsabilidad civil derivada de la actuación profesional.

2. Realizar los cursos de formación que la Comisión Rectora considere oportuno para los integrantes del TIPAI.

3. No elaborar informes para adopciones internacionales cuando la solicitud no sea realizada a través del TIPAI.

4. Aceptar todos los encargos que se reciban de la Comisión Rectora o de el/ la Coordinador/a del TIPAI, al menos que incurra en alguno de los supuestos establecidos de incompatibilidad.

5. Elaborar informes de seguimiento por el periodo que el país de origen de el/la menor requiera cuando le sea solicitado por la Consejería de Bienestar Social.

6. La persona colegiada integrante del TIPAI dispondrá de un plazo de 40 días naturales para realizar y entregar el informe solicitado, contados a partir de que el encargo le sea notificado y acusado recibo. El incumplimiento de este plazo conllevará la pérdida de su derecho a la percepción de los honorarios, incluso en el supuesto de que haya realizado actuaciones profesionales encaminadas a la obtención del informe.

7. Coordinarse, de manera interdisciplinar, con el/la psicólogo/a designado al mismo expediente.

8. Aceptar la presente normativa reguladora del TIPAI, y sus anexos, así como las decisiones de la Comisión Rectora y de la Junta de Gobierno del Colegio.

9. Cualquier otro compromiso que sea requerido como esencial por las partes firmantes del presente convenio.

18 de abril de 2008

Pasos a dar para la elaboración del listado del TIPAI

Queridas/os Colegas:

Tras la firma del Convenio de Colaboración, entre la Consejería de Bienestar Social y los Colegios Oficiales de Diplomadas/os en Trabajo Social y Psicólogos del Principado de Asturias, se inicia un proceso de información, solicitud, selección y elaboración del listado del Turno de Intervención Profesional para Adopciones Internacionales (TIPAI).

Hoy comenzamos con una información general sobre requisitos y procedimientos, para que os vayáis preparando.
Pero, ANTES DE INICIAR el proceso de solicitud y selección, la Junta de Gobierno tiene que aprobar el próximo miércoles 23 de abril: el Reglamento del TIPAI; y la Comisión Rectora, que gestionará este Turno.
A partir de ahí recibiréis una carta o un correo electrónico en la que se explicará el proceso a seguir para la selección y confección del listado del Turno.
Por tanto, hasta después del miércoles de la semana que viene (23 de abril) no habrá recogida de ninguna documentación para la confección de listas del TIPAI; y a partir del 23 de abril la Comisión Rectora os comunicará cómo y cuándo se va a producir este proceso de selección.

17 de abril de 2008

Requisitos de inscripción en el TIPAI

Las personas colegiadas Diplomadas en Trabajo Social y Asistentes Sociales que quieran inscribirse en la lista del TIPAI deberán reunir los siguientes requisitos:

1. Estar dadas de alta como colegiada/o en el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias, y estar al corriente en el pago de las cuotas colegiales, así como otras obligaciones estatutarias inherentes a la condición de colegiada/o.
2. Reunir los requisitos legales para el libre ejercicio de la profesión.
3. Acreditar documentalmente una experiencia mínima de dos años como Trabajador/a Social o una formación específica en intervención con familias y/o infancia (con un mínimo de 150 horas) con una experiencia de voluntariado social (dos años o 700 hs.) en dichas áreas.
4. No encontrarse cumpliendo una sanción colegial ni ninguna otra que conlleve aparejada la inhabilitación para ejercer cargo público.
5. Someterse a esta normativa reguladora del TIPAI y a las decisiones de su Comisión Rectora.
6. No estar en la lista de espera como solicitante de adopción internacional y/o nacional.
7. No ser miembro de la Comisión Rectora del TIPAI, de la Junta de Gobierno del Colegio o mantener relación laboral con el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias.
8. La inclusión de las personas colegiadas en el TIPAI, en el caso de trabajar en el Administración Pública, estará condicionada a obtener la compatibilidad. En ningún caso se podrán inscribir en el TIPAI, aquellas/os colegiadas/os que presten sus servicios en la Consejería de Bienestar Social.
9. No mantener relación laboral con Entidades Colaboradoras habilitadas por la Administración para funciones de mediación en Adopción Internacional.

Asimismo, se deberán comprometer a:

1. Tener cubierta la responsabilidad civil derivada de la actuación profesional.
2. Realizar los cursos de formación que la Comisión Rectora considere oportuno para los integrantes del TIPAI.
3. No elaborar informes para adopciones internacionales cuando la solicitud no sea realizada a través del TIPAI.
4. Aceptar todos los encargos que se reciban de la Comisión Rectora o de el/la Coordinador/a del TIPAI, al menos que incurra en alguno de los supuestos establecidos de incompatibilidad.
5. Elaborar informes de seguimiento por el periodo que el país de origen de el/la menor requiera cuando le sea solicitado por la Consejería de Bienestar Social.
6. La persona colegiada integrante del TIPAI dispondrá de un plazo de 40 días naturales para realizar y entregar el informe solicitado, contados a partir de que el encargo le sea notificado y acusado recibo. El incumplimiento de este plazo conllevará la pérdida de su derecho a la percepción de los honorarios, incluso en el supuesto de que haya realizado actuaciones profesionales encaminadas a la obtención del informe.
7. Coordinarse, de manera interdisciplinar, con el/la psicólogo/a designado al mismo expediente.
8. Aceptar la presente normativa reguladora del TIPAI, y sus anexos, así como las decisiones de la Comisión Rectora y de la Junta de Gobierno del Colegio.
9. Cualquier otro compromiso que sea requerido como esencial por las partes firmantes del presente convenio.

Procedimiento de inscripción en el TIPAI

La inscripción de las personas colegiadas en el TIPAI se realizará de acuerdo con la convocatoria que realice la Junta de Gobierno del Colegio, en la forma y plazos que estime oportunos, para garantizar la prestación del servicio conveniado con la Consejería de Bienestar Social, y siguiendo el posterior procedimiento:

1. La Junta de Gobierno designará una Comisión Rectora.
2. Las personas colegiadas, interesadas en formar parte del TIPAI, deberán formular por escrito su solicitud, cumplimentando y firmando el impreso específico, dirigido a la Presidenta del COTSYASA, y entregarlo en la sede del mismo.
3. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la documentación que se solicite en la convocatoria, y de aquella que acredite el cumplimiento de los requisitos indicados en el artículo 5 de este Reglamento.
4. Las solicitudes de inscripción serán aceptadas o denegadas por acuerdo de la Comisión Rectora que comprobará la concurrencia de los requisitos establecidos en el artículo 5, aprobando la lista provisional de admitidas/os y no admitidas/os, así como los motivos de exclusión de las mismas.
5. Los acuerdos de la Comisión Rectora sobre el listado provisional se podrá recurrir ante la Junta de Gobierno del Colegio, en el plazo máximo de 10 días naturales desde la fecha de recepción de la notificación, para su subsanación o reclamación. Finalizado este plazo, en la mayor brevedad posible, se publicará la lista definitiva.
6. Contra la resolución de la Comisión Rectora sobre la lista definitiva, las personas colegiadas podrán interponer, en el plazo máximo de 10 naturales, una reclamación ante la Junta de Gobierno del Colegio que analizará los datos presentados y resolverá en la primera reunión ordinaria que se celebre y, en todo caso, dentro del plazo de un mes, notificándoselo a la persona interesada.
7. La resolución del recurso por la Comisión Rectora, o en su caso el transcurso del plazo establecido para su resolución, agotará la vía previa corporativa y será susceptible de impugnación ante la jurisdicción contenciosa-administrativa, sin perjuicio de la interposición por parte de las personas interesadas de los recursos corporativos que consideren oportunos.
8. Los listados, tanto el provisional como el definitivo, se publicarán en el tablón de anuncios, en el blog del Colegio y/o en cualquier otro medio genérico que el Colegio estime oportuno, a efectos de notificación de las personas interesadas.
9. En el caso de realizarse una convocatoria con un número de plazas limitado se contemplará en la propia convocatoria el procedimiento para la selección de las personas candidatas. Del mismo modo, se contemplará el orden y los requisitos de incorporación de nuevas personas colegiadas al TIPAI.

Hoy se firma el Convenio sobre el TIPAI

La Consejería de Bienestar Social firma hoy, 17 de abril de 2008, el Convenio sobre el Turno de Intervención Profesional para Adopciones Internacionales (TIPAI) con el Colegio Oficial de Diplomadas/os en Trabajo Social y Asistentes Sociales de Asturias (COTSYASA) y el Colegio Oficial de Psicólogos del Principado de Asturias.
En los próximos días se publicará en este blog los requisitos y el procedimiento a seguir para formar parte de dicho Turno desde el COTSYASA.